Comunidades de propietarios: ¿Y si la promotora se declara en concurso de acreedores?

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No es la primera vez que escribimos sobre las consultas que nos hacen las comunidades de propietarios que están padeciendo las consecuencias de vicios ocultos o defectos de construcción. Pero, una vez más, nos plantean una cuestión que pensamos que es importante dar a conocer.

Es el caso de una comunidad de vecinos que ha solicitado nuestro asesoramiento. Hace dos años que les entregaron las viviendas y se han producido unas filtraciones en su garaje hasta el punto de que se ha inundado. Intentaron comunicarse con la promotora para notificarle los defectos por burofax pero se encontraron con la desagradable sorpresa de que no podían contactar con la empresa por estar en concurso de acreedores.

En esas circunstancias, el presidente nos planteaba varias consultas: Cómo actuar, qué hacer para reclamar los defectos y los daños ocasionados y a quién recurrir para que se responsabilice de su reparación .

El hecho de que una empresa entre en concurso no significa que no vaya a salir de él saneada y en buenas condiciones de solvencia, pero dependiendo del tipo y tamaño de la empresa, las posibilidades de encontrarnos en el mejor de los escenarios a la finalización del mismo, es muy baja.

Lo primero que debemos hacer es valorar en función de los daños y de los posibles responsables del inmueble, si merece la pena demandar al Promotor en cuyo caso debemos demandar ante los Juzgados Mercantiles cuyos plazos de resolución son aún mayores que los civiles.

Si en base al informe pericial podemos dirigir la reclamación directamente frente a otros agentes y obviar al promotor, así lo haríamos, dicho con todas las reservas ya que habría que estudiar en profundidad las responsabilidades de dichos agentes.

En LOE abogados estamos muy seguros de nuestra profesionalidad por lo que, si la comunidad de propietarios no gana el pleito, nosotros no cobramos. Somos especialistas en reclamaciones y defensa de comunidad de propietarios.