Me encuentro muy a menudo con el problema de tratar de explicar técnicamente a los Jueces qué es un puente térmico y acabo hablándoles de mi cuarto de baño. Te lo explico también a ti.
Un puente térmico es un aislamiento inapropiado y defectuoso de los muros exteriores de un edificio que ocasiona filtraciones de humedad y agua. Este agua se condensa en pequeñas gotas dentro de la vivienda formándose, posteriormente, un moho oscuro que cubrirá techos, paredes e incluso el suelo.
Para que lo entiendas mejor, piensa en un pilar situado en un muro exterior de tu edificio. Si el mismo no está bien aislado, es decir, no lo han recubierto convenientemente, en invierno notarás que su superficie está fría, aunque tu vivienda, por los calentadores o estufas, esté “calentita”. En consecuencia, ¿sabes qué ocurrirá? Que el vapor de agua, al tocar el pilar, se condensará en forma de pequeñísimas gotitas que lo cubrirán por completo como ocurre con el espejo de mi baño cuando me ducho.
La única manera de impedir que esto ocurra es evitar la transmisión del frio del exterior al interior del muro rompiendo la conexión térmica o puente térmico que se crea entre la temperatura baja del ambiente externo y el calor del interior de tu vivienda.
Este defecto puede haberse provocado por una mala definición de los detalles del proyecto que es responsabilidad del arquitecto proyectista y se denomina “vicio de proyecto” o bien puede ser debido a una mala ejecución cuyos responsables son el constructor y el técnico que dirige la obra. Es fundamental determinar dónde está el fallo por lo que una revisión del proyecto y una cata en el lugar donde se produzca el problema serán suficientes para probar y exigir responsabilidades.
No tiene sentido que se intente justificar la condensación que se produce aduciendo que es consecuencia de que el propietario de la vivienda no ha ventilado lo suficientemente su casa. La realidad es que previamente no se ha dispuesto en el proyecto de obra el aislamiento apropiado para esos pilares o muros o no se ha ejecutado correctamente.
¿Entiendes ya a qué nos estamos refiriendo cuando hablamos de los puentes térmicos? Si estás sufriendo las desagradables consecuencias del puente térmico en tu vivienda, ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos para que puedas reclamar.
En estos casos, los plazos de garantía comienzan desde la terminación del edificio por lo que ha de actuarse rápido y su plazo de prescripción es de 2 años.
En LOE Abogados somos expertos en reclamaciones de defectos constructivos y vicios ocultos. No esperes más y ponte en contacto con nosotros.