Responsabilidad Ruidos

El ruido en el ámbito edificatorio es causante de frecuentes problemas a los usuarios: trastornos del sueño, pérdida de atención, de rendimiento, cambios de conducta u otros que pueden llegar incluso a causar riesgos para la salud y problemas de estrés. Además, en los últimos años ha aumentado la concienciación social con los problemas del ruido y existe una mayor demanda en la sociedad de incrementar el confort acústico de las viviendas.

Es muy habitual en las obras de edificación que se incumplan las mínimas exigencias de insonorización al no utilizar materiales que garanticen el debido aislamiento acústico o que se ejecutaran  de forma defectuosa, de tal forma que no se cumplan los parámetros legales y normativos que están establecidos.

El ruido excesivo perjudica a la salud y altera la habitabilidad de la vivienda, por lo que si ello es debido a un problema técnico ó a la mala ejecución de la construcción, es igualmente reclamable por un abogado, viniendo reconocido por los tribunales que el ruido atenta la inviolabilidad del domicilio y a la intimidad personal y familiar.

La vigente NBE-CA-88, sobre condiciones acústicas, establece unos límites de tolerancia acústica de 35 dB durante el día y de 30 dB por la noche.

Actualmente, la protección contra el ruido viene reforzada con el nuevo Código Técnico de la edificación que garantiza la insonorización de las viviendas, estableciendo las características técnicas y de calidad en la construcción para ofrecer a los usuarios un nivel de calidad acústica que debe respetarse.